Réplica a:
LA FEMENTIDA DEUDA SOCIALPor: Nicolás Ramón Contreras
A Marco Tobías Cuesta:
En un tono de capataz académico y con mucha bravuconería conceptual, afirma el señor Maro Tobías Cuesta, en un artículo del periódico Chocó 7 Días con el título “La Fementida Deuda Social”, refiriéndose a las acciones afirmativas y medidas de justicia reparativa, todas con marco legal y constitucional- desde los artículos 7, 8,11, T55 CPC y Ley 70 de 1993- lo siguiente: “La fementida deuda social de la que hace rato vienen hablando muchos afrocolombianos, sobre todo chocoanos, no existe y, además, no es cierto. La esclavitud no fue ordenada por el Estado colombiano”.
En otro aparte de esa misma columna vuelve a ratificar: “Ya es tiempo de que a los afrochocoanos se les diga la verdad y no se les siga engañando con un discurso manido y eufemístico, en el sentido de decirles que el Estado colombiano dizque tiene con nuestra etnia una deuda social por haber sido esclavos. Esta es una mentira tan grande como nuestra catedral […]
Como parece que Marcos Tobías vive en el mundo de los conejos de Alicia en el País de las Maravillas, donde la igualdad, la legalidad y la fraternidad son una abrumadora realidad de oportunidades para todos, creo que ha llegado la hora de desmentir las falacias ya no del grande de una catedral, sino de un planeta entero, que derrama sobre el indefenso papel, el columnista en cuestión, sobre todo cuando agrega en un tono tan candoroso, digno de un chiste de Sábados Felices estos planteamientos:
“No podemos olvidar que la trata de “negros” –capturados en Africa para ser esclavizados– fue ordenada por la Corona Española, no por gobierno colombiano alguno […] El artículo 1º de la justa y cristiana ley de 21 de mayo de 1851, que puso fin a la esclavitud en Colombia dice así”: […]“Desde el 1º de enero de 1852 serán libres todos los esclavos que existan en el territorio de la República. En consecuencia, desde aquella fecha gozarán de los mismos derechos y tendrán las mismas obligaciones que la Constitución y las leyes garantizan e imponen a los demás granadinos”. Es cierto Marcos Tobías, los gobiernos de Colombia no ordenaron la esclavización, pero luego de aprovechar en la gesta libertadora a nuestros ancestros, a quienes prometieron libertad, igualdad y fraternidad, estuvieron dándole vueltas al asunto, incluso en las convenciones y congresos con intención constituyente de Angostura (1819), Cúcuta (1821) y Ocaña (1828): en los primeros desacuerdos- que alimentaron la disolución de la Gran Colombia- entre los delegados de las provincias del Cauca, Antioquia, Cundinamarca, Venezuela y Ecuador, triunfaron las posiciones esclavizadoras y la prometida liberación de esclavizados quedó aplazada desde 1819 hasta 1851 (Hoyos Korbel 2002/Bruño 1964 entre otros). Las repúblicas de Venezuela, Colombia, Ecuador y Perú, con sus élites señoriales no ordenaron la esclavización, pero sí la heredaron con toda y su mentalidad y sus vicios, más aún, le incumplieron a la república de Haití y a los líderes de la llamada pardocracia del almirantazgo, como Carlos Manuel Piar, Leonardo Infante y José Prudencio Padilla, a quienes fusilaron por temor al mejor desempeño militar y a las cargas poblacionales, mayoritarias entonces, de africano-descendientes, indígenas y mestizos; a unos, bajo el argumento de insubordinación y a otros, por malos comportamientos (Melo 1984/Hoyos Korbel 2006). Con el Almirante Padilla hubo un agravante, no sólo porque siendo el verdadero libertador militar de las cinco naciones con las batallas navales del Golfo de Morrosquillo (1811, 1816) y Lago de Maracaibo (1824) en las cuales es destruida la armada española de ultramar y por ende cualquier tipo de reclamo armado, en su caso, aprovechando que se opuso con argumentos estratégicos -como las amenazas navales inglesa y norteamericana- a la orden suicida de Santander y Bolívar de disolver la oficialidad naval- en manos de la pardocracia- (Romero 2002), pese a no participar en los hecho de la noche septembrina de 1827, Bolívar y Santander acuerdan asesinarlo mediante fusilamiento (Melo 1984/Romero 2002).